lunes, 30 de septiembre de 2013

La fiesta de Blas


 

 
Entre fotografías de grupos de amigos y parientes vendimiando y bebiendo mosto en Abrucena, de abuelas de Pulpí convertidas en reinas de las fiestas en honor de San Miguel y de bebés recién nacidos con nombres tan bonitos como Zahir o Naydi, veo en un periódico toda una página a color dedicada a la crónica social de la apertura del año judicial en la provincia.

A juzgar por las imágenes, el fotógrafo empezó a trabajar cuando ya había transcurrido el presunto acto institucional (si es que hubo), porque las instantáneas recuerdan más a “La Fiesta de Blas”, aquella canción de Fórmula V (“que felices seremos hablando sólo de nuestro amor…”, decía la letra) que a un solemne y protocolario acto judicial, en el que los representantes judiciales lucen sus mejores galas. Llegaría tarde, ya digo. Y ahí están, posando para la cámara a ritmo de “patata”.

Nunca mejor dicho: es justo que los “operadores jurídicos” – como los define la crónica- tengan derecho a tomarse unas cervezas y unas tapicas a cuento de su profesión. Incluso la presidenta de la Audiencia Provincial puede tener razón al afirmar que, desde que llegó al cargo, busca “transmitir proximidad a la sociedad”. ¡Qué mejor acercamiento a los ciudadanos que encontrarse cara a cara, y con una croqueta del Club de Mar en la mano, al responsable del juzgado que ha fijado para dentro de trece, catorce o quince meses tu reclamación salarial!. Éso une mucho.

No está el patio para mucha mesa larga con “Cruzcampos” y platos de jamón más fotos del ágape en los medios. Hay juzgados saturados, con cargas infinitas, pocos o nulos medios, funcionarios sobrecargados, redes informáticas colgadas donde el tiempo se mide por otro meridiano y, sobre todo, unos responsables políticos que pretenden resolver el atasco obligando al ciudadano a que pase por caja.

Y aunque las citas se han acortado, hoy por hoy, existen personas que esperan a los meses de julio o septiembre de 2014 para que juzgados de lo Social de Almería atiendan sus demandas por despido laboral o por salarios impagados. Y luego, aguardar la sentencia…

Por poner sólo un ejemplo: el Contencioso Administrativo número 2 de Almería dictó sentencia el 30 de abril de 2013 a una demanda presentada el 9 de septiembre de 2010. Nada menos que dos años, siete meses y veintidós días para ¡encima! fallar contra el demandante porque no presentó su reclamación de cantidad fechas después de producirse el motivo de la demanda. Lo dicho, no está la cosa para fiesta.

 

 

 

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